Las ayudas consisten en la financiación parcial de los gastos de alquiler de vivienda, para aquellos inquilinos que sean titulares de un contrato de arrendamiento de vivienda, formalizado en los términos de la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos: Subvención anual de hasta 3.200 ? por vivienda.
DURACIÓN MÁXIMA DE LA AYUDA
La subvención se concederá por un plazo de 24 meses.En el supuesto de que el contrato de arrendamiento hubiera agotado el plazo de cinco años previsto en la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, la concesión de la subvención estará condicionada a la aportación de prórroga expresa. En otro caso, la subvención se concederá por una plazo que no superará la vigencia del contrato.No se podrá obtener nuevamente estas subvenciones hasta transcurridos al menos cinco años desde la fecha de su reconocimiento.
¿Quién puede iniciarlo?
Cualquier inquilino residente en la Comunidad Valenciana que cumpla los requisitos.
Más información: http://www.gva.es/portal/page/portal/inicio/procedimientos?id_proc=14614
jueves, 27 de agosto de 2009
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